Por los Fundamentos expuestos este JUZGADO NOVENO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la RepÚblica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTI¿IA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo256, numerales 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal, decretada al ciudadano JOSÉ LUIS VILLALOBOS, venezolano, titular de la cédula de identidad No, 10.435.698, de 42 años de edad, soltero, trabajador del IMAU, hijo de Esther Sánchez y José Villalobos Villasmil, Residenciado en el Barrio Torito Fernández, por el delito de VIOLENCIA FISICA Y PSICOLOGICA, previsto y sancionado en los artículos 17 y 20 de la Ley de la Muier y la Familia cometido en perjuicio de SUGEIDY DEL CARMEN ACOSTA. A tal efecto se ordena oficiar a todo los Cuerpo Policial remitiéndoles Orden de Aprehensión córrespohdiente al mencionado ciudadano
Regístrese la presen decisión en el libro respec.....