Por los fundamentos antes expuesto, este TRIBUNAL SÉPTIMO EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA por muerte del penado RICHARD JOSE AVILA RIVAS, titular de la cédula de identidad No. 17.567.811, y quien fue condenado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, cometido en perjuicio de ANA MORAN; ello de conformidad con lo establecido en el artículo 103 del Código Penal, en concordancia con el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, ordena pasar la causa en autoridad de COSA JUZGADA, ordenándose su remisión al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente. Regístrese la presente decisión. Remítase Copia Certificada de la Decisión a la Cárcel Nacional de Maracaibo. Líbrense boletas de notificación.....