Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLINA SU COMPETENCIA para sustanciar, conocer y decidir este procedimiento laboral admitido el día 26 de Septiembre de 2002, en donde no se ha dado contestación al fondo de la demanda, incoado por ALFONSO ENRIQUE CARTAGENA SIERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.009.176, domiciliado en El Chivo, Parroquia Simón Rodríguez, Municipio Francisco Javier Pulgar del Estado Zulia, en contra de la Empresa PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES 30-32,C.A., propietaria del fundo SAN CAMILO, en la persona de la ciudadana MARIA ELENA D ENJOY ARAQUE, y por vía de consecuencia, ORDENA LA REMISION DE ESTAS ACTUACIONES EN ORIGINAL al Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Zul.....