CULPABLE y CONDENA al ciudadano GABRIEL NOE ESPINOZA,por la comisión del delito de CÓMPLICE EN EL DELITO DE EXTORSIÓN, previsto y sancionados en el artículo 11 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión en concordancia con el artículo 16 ejusdem, en perjuicio de la ciudadana IRMA CHAVEZ; a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS, CUATRO (04) MESES y QUINCE (15) DIAS DE PRISION. De igual manera se le condena a las accesorias de Ley conforme al artículo 16 del Código Penal, y se absuelven del pago de costas procesales de las referidas en el artículo 34 del Código Penal en relación a los artículos 265, 266 numeral 1 y 267 del Código Orgánico Procesal Penal.