declara Con Lugar la solicitud de Divorcio basada en el articulo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos LUIS ALBERTO LABARCES y ROSA LUISA POLO, ya identificados, y en consecuencia se declara disuelto el vinculo matrimonial que contrajeron por ante el Jefe Civil y Secretaria del Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha Veintiséis (26) de Julio de Mil Novecientos Noventa y Seis (1996), según se evidencia de la copia certificada de acta de matrimonio No.244, expedida por la mencionada autoridad. ASÍ SE DECIDE.-