PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN OFICIAL DE ESTADO
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala Nº 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
Decretar la MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL sobre:
A. El treinta por ciento (30%) del sueldo que devenga el demandado ciudadano ANDRES EDUARDO FRANCO CERRADA, de la Universidad "Doctor Rafael Belloso Chacin", en esta Ciudad de Maracaibo del Estado Zulia.
B. El treinta por ciento (30%) sobre cualquier otra concepto que pueda corresponderle al ciudadano antes indicado.
C. El treinta por ciento (30%) sobre las utilidades o bonificaciones especiales que le corresponden al ciudadano ANDRES EDUARDO FRANCO CERRADA.
D. El treinta por ciento (30%) sobre el beneficio del cesta ticket.
E. El cien por ciento (100%) sobre prima por hijos y útiles escolares.
F. El treinta por .....