Por los fundamentos antes expuestos, ésta Sala Única de la Corte de Apelaciones de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el Abogado LUIS BASTIDAS DE LEON, en su condición de Defensor del Imputado MASSIMO PAGNONI GATTI, identificado en actas, en contra de la resolución Nº 30-2014 proferida en fecha 3 de noviembre de 2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual declaró Sin Lugar la solicitud de prescripción judicial solicitada por la Defensa Privada. Se deja constancia que el Ministerio Público no dio conte.....