PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por Diferencia de Prestaciones Sociales, incoada por la ciudadana MARIA CONSOLACIÓN LABRADOR, en contra de la Asociación Civil ROPERO DEL ZULIA adscrita a la GOBERNACIÓN DEL ESTADO ZULIA.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.