DISPOSITIVO
En merito de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el alfanumérico 3B, ubicado en el tercer nivel o tercera planta del edificio denominado Residencias Lombardía, torre C, ubicado en esta ciudad de Maracaibo, en la carretera que conduce de Maracaibo a El Mojan, en jurisdicción de la Parroquia Coquivacoa, municipio Maracaibo del estado Zulia; con una superficie o área de construcción de 95 metros cuadrados y consta de sala, comedor, cocina, lavadero, una habitación principal con baño y dos (2) habitaciones con baño común; y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: escalera interna del edificio C; SUR: jardinería lateral derecha del edificio C; ESTE: patio trasero del edificio C que da al C.C. El .....