La solicitante acompaña los siguientes documentos: 1) Actas de defunción; 2) Copias de cedulas de identidad 3)Actas de Nacimiento 4) declaración de testigos evacuados por ante la Notaria Publica de San Francisco en fecha veintiocho de Enero de 2014 5) Acta de Matrimonio ; por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el articulo 937 del código de Procedimiento Civil, este tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos, ANA ELENA ATENCIO DE SANTELIZ, ALFONSO RAFAEL SANTELIZ ATENCIO, GERARDO ALFONSO SANTELIZ ATENCIO y JUAN CARLOS SANTELIZ ATENCIO, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nrosº V-1.669.859, V-6.748.655, V-11.298.518 y V-10.448.754 como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante HERMES ALFONSO SANTELIZ RIVERO. ASI SE DECIDE.- Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar solicitud. Expídanse las copias solicitadas. Devuélvanse.-