declara:
1. Perimida la instancia en el presente juicio de Homologación de Convenio de Régimen de Convivencia Familiar, solicitado por los ciudadanos YOHENDRY VELÁSQUEZ CHACÓN y MARÍA ORTIZ GUETTE, en beneficio de los niños, niñas y/o adolescentes (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad).
2. Terminada la presente causa; en consecuencia, se ordena el archivo del expediente.
No hay condenatoria en costas, de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y notifíquese.