PRIMERO: Se homologa, por lo que se le atribuye el carácter de cosa juzgada a la transacción laboral celebrada entre los ciudadanos EDUIN ENRIQUE VERGEL, NANCY ESPINOZA, MARVIN NAVARRO, GUSTAVO FERNANDEZ, MARCELINO GONZALEZ, JOSE ALEJANDRO TINEDO, ANIBAL GUTIERREZ Y ABEL MEDINA, y la Sociedad Mercantil JARDINES DE LA CHINITA, C.A. (ambas partes suficientemente identificadas en las actas procesales).
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.
TERCERO: Se abstiene este Tribunal de ordenar el archivo definitivo del presente asunto, hasta tanto conste en actas el cumplimiento de los pagos acordados.