PRIMERO: Conforme a lo previsto en el articulo 164 del Código Orgánico Procesal Penal este Tribunal acuerda aceptar la renuncia de los adolescentes acusados a ser juzgado por un Tribunal Mixto, según la elección adoptada en este acto oral.
SEGUNDO: Se revocó la orden de constitución del Tribunal en forma Mixta, ordenada por el Juzgado Segundo de Juicio de la Sección de Adolescentes, en fecha 04.12.03, y se procede a conocer del incidente planteado por la parte acusada, en forma Unipersonal. TERCERO: Se decretó la procedencia del incidente previo plateado, del procedimiento por admisión de los hechos.
CUARTO: Se decretó LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS ADOLESCENTES y en consecuencia SE DICTA SENTENCIA CONDENATORIA por estar comprobada su responsabilidad como coautores en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN LA MODALIDAD DE MANO ARMADA, previsto en el artículo 460 en concordancia con los artículos 457 y 83, todos del Código Penal, en cualidad de coautores y en perjuicio de .....