Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos IVAN JOSE RODRIGUEZ GUTIERREZ y DALIDA ROSA GONZALEZ PEREZ, anteriormente identificados, asistidos por el abogado en ejercicio: GUSTAVO RAFAEL PEREZ, en fecha Trece (13) de Noviembre del año Mil Novecientos Noventa y Dos (1.992), por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Pueblo Nuevo, Municipio Baralt del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el No. 42, acompañada a los autos.
Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinales 3º y 9º de la Ley O.....