Por todos los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia Estadal con Competencia Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, no admite la solicitud de entrega de vehículo presentada por el ciudadano GERMAN ENRIQUE GASTELBONDO NIETO, obrando en nombre y representación del ciudadano CARLOS JOSE BERNANDEZ GARCIA, asistido por el abogado MANUEL RAMON BRICEÑO CASTELLANOS, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley de Abogados, en concordancia con el artículo 4 eiusdem, en relación con el artículo 166 del Código de Procedimiento Civil, concatenado con Sentencia Nº 2324, de fecha 22 de agosto de 2003, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional. Regístrese y notifíquese la presente decisión mediante boleta en las puertas del tribunal p.....