Este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de Privación de Patria Potestad incoada por la ciudadana MARIALBA JOSE CRESPO ALFONZO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-13.839.228, ASISTIDA, por la Abg. Milangela Mendoza Ramones, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 139.610, en contra del ciudadano FREDDY ENRIQUE GONZALEZ GALVIZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-12.626.243, REPRESENTADO por la Defensora Judicial designada, Abg. Ciria Agreda, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 30.423, por demostrarse la causal "C" del Artículo 352 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, el ciudadano FREDDY ENRIQUE GONZALEZ GALVIZ, queda privado.....