Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad que le confiere la Ley, y por mandato expreso del articulo 477 de la citada Ley Especial, declara: PRIMERO: TERMINADO el PROCEDIMIENTO, incoado por la ciudadana ADRIANA RODRIGUEZ MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 12.436.063, asistida de la abogada en ejercicio GLADYS CAROLINA DE LEON SALAZAR, inscrita en el inpreabogado bajo el número 106.477, dada la no comparecencia de las partes a la fase de sustanciación, ello mediante Sentencia Oral proferida y publicada en esta misma fecha. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la citada norma, haciéndosele saber a la parte que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.