En consecuencia y con mérito a los argumentos antes señalados este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
1) LA MEDIDA DE SECUESTRO: Sobre el mueble constituido por un vehiculo marca: CHEVROLET, tipo: PICK UP SENCILLA, modelo: SILVERADO, serial de motor: 28V356951, serial de carrocería: 8ZCEC64J28V356951, año: 2008, placa: A60AL2G, color: GRIS, uso: CARGA, según documento de venta a crédito con reserva de dominio de fecha 25 de julio del 2008, de fecha cierta el 11 de septiembre del 2008, ante la Notaria Pública Vigésima Quinta del Municipio Libertador del Distrito Capital, archivado bajo el Nº 28198. Todo de conformidad con el articulo 22 de la Ley de Venta con Reserva de Dominio, solicitada por la demandante por la Sociedad Mercantil GMAC DE VENEZUELA C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunsc.....