Por los fundamentos expuestos este JUZGADO DECIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y
por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros conceptos intentaran los ciudadanos YORMAN JOSE MALDONADO FUENMAYOR, JUAN CAARLOS MARQUEZ COLINA, NERIO RAMON CARDENAS ROSALES y RAMON ARNOLDO MARIN, en contra de la Sociedad Mercantil CAFETINES ESTUDIANTILES G:M.V,C.A., (ambas partes suficientemente identificadas en actas).
2) SE CONDENA, a la parte demandada, a pagarle a la parte actora la cantidad de OCHENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE BOLIVARES CON CATORCE CENYIMOS (Bs. 81.407.739,14), cantidad esta a la que deberán deducirse los montos señalados en los numerales del seis (06) al doce (12) ambos inclusive, indicados en el libelo dema.....