PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto por la Profesional del Derecho NOHELIA CHIQUINQUIRÁ ESCALONA ESCALONA, en su condición de Defensora Pública Primera para el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, actuando con el carácter de defensora del adolescente LUIS EDUARDO LÓPEZ LÓPEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-31.106.012; en contra de la decisión No. 588-2022, de fecha 06 de octubre de 2022, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 608 literal "G" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: INADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la mencionada Apelante, conforme lo establece el artículo 608 literal "C" de la Ley Especial Adolescencial, por ser irrecurrible.
TERCER.....