DECISIÓN
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho, jurisprudencial y doctrinarios ut supra referidas, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por el ciudadano ZONIS ANTONIO BLANCO CORDONES, titular de la cédula de identidad número V-5.174.575; por una parte y por la otra el Profesional del Derecho JOSÉ GREGORIO SALGUEIRO ZARRAGA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula 309.596, actuando en este acto en nombre y representación de la ciudadana BETTYBEL DEL VALLE OLMOS, titular de la cédula de identidad número V-13.561.495.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha diecisiete (17) de Octubre del año dos mil.....