SEGUNDO: Se decreta LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS propuesta por los ciudadanos MARIHELMY ORLANDA PEÑARANDA ESCALONA Y LEONEL ALEXANDER DIAZ RUMBOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nº Nº V-16.298.073 y V-16.457.676, respectivamente y domiciliados en el Municipio Maracaibo del estado Zulia.
TERCERO: DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos MARIHELMY ORLANDA PEÑARANDA ESCALONA Y LEONEL ALEXANDER DIAZ RUMBOS, el día trece (13) de diciembre del año dos mil trece (2013), por ante el Registrador Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según Acta de Matrimonio acompañada a las actas en copia certificada signada con el No. 389.