DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: LA EXTINCION DE LA OBLIGACION ALIMENTARIA POR MAYORIDAD Del BENEFICIARIO, intentado por ELSA MARIA MENDOZA DAZA, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.918.709, domiciliada en el Caserío La Morita, vía El Tocuyo, kilómetro 3, frente al frigorífico, Municipio Jiménez, Estado Lara en contra del ciudadano JOEL ANTONIO DAZA, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.352.463, domiciliado en el Caserío La Morita, vía El Tocuyo, kilómetro 3, frente a la capilla Santa Rita, Municipio Jiménez, Estado Lara. BENEFICIARIOS: (se omite la identidad del niño, conforme a la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente)
No hay condenatoria en costas. Expídase copia certificada de la presente sentencia para que sea agregada al Libro respectivo, conforme a lo contemplado en el artículo 248 .....