En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano KELDRICK JOSÉ MATA CHIRINOS en contra de la Empresa SERVICIOS COSTA AFUERA, C.A.S.C.A., C.A., por motivo de cobro de diferencia de prestaciones sociales e indemnización por enfermedad profesional. SEGUNDO: Se ordena a la Empresa SERVICIOS COSTA AFUERA, C.A.S.C.A., C.A., pagar al ciudadano KELDRICK JOSÉ MATA CHIRINOS las cantidades detalladas expresamente en el fallo definitivo. TERCERO: Se ordena la indexación correspondiente sobre las cantidades determinadas y acordadas por este Tribunal, en los términos expresados en el fallo definitivo. CUARTO: Se ordena el pago de intereses de mora sobre las cantidades acor.....