ESTE TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO CONSTITUIDO EN FORMA UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO E IMPONE CONDICIONES Y OBLIGACIONES  AL ACUSADO JOEL JAVIER GALLEGOS GARCIA, Venezolano, titular de la  Cédula  de  identidad  N° 11.291.579, estado civil soltero, nacido en fecha 07-06-73, de 33  años de edad, natural de Maracaibo, de profesión u oficio Técnico en Refrigeración, hijo de José Joaquín Gallego y Maria Antonia de Gallego, residenciado en el sector La Pomona, barrio los Andes, calle 112, casa 107ª-233, cerca del antiguo Holsum, Parroquia Manuel Dagnino Maracaibo estado Zulia. Por  el  delito  de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 17 en concordancia con los artículos 4 y 5 de la ley sobre la violencia contra la mujer y la familia.
Regístre.....