PRIMERO: "CULPABLE" a la acusada ANA MARIA GONZALEZ LEON, Venezolana, natural de La Villa del Rosario, Estado Zulia, de 31 años de edad, fecha de Nacimiento 22/11/1982, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-15.932.919, profesión u oficio: ama de casa, hija de ILDA LEÓN (v) y JOSÉ GONZALEZ (v), residenciada en el Sector Cañada Larga, diagonal al abasto COTUPRI, color naranja con blanco, Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia, por la comisión, como AUTORA, del delito de ABORTO, el cual se encuentra previsto y sancionado en el artículo 430 del Código Penal Venezolano, y se le CONDENA a cumplir la pena de DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias de ley establecidas en