Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus DENIS JOSÉ VALERA OCANTO; quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número 9.000.057, fallecido el veinte (20) de septiembre de 2019, en jurisdicción de Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a la ciudadana YINA RAMONA HERNÁNDEZ DE VALERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 10.086.170, y domiciliada en Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, en su condición de esposa del causante y a las ciudadanas DIANA CAROLINA VALERA HERNÁNDEZ, YSBETH ELIZABETH VALERA DE COGOLLO, y YENIFER CAROLINA VALERA HERNÁNDE.....