Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos: KEMBERLY YOOLY NG FUENTES Y YORBIN ALEJANDRO VALECILLOS TORRES, en fecha 18 de Abril de 2012, por ante La Registradora Civil de la Parroquia los Cortijos del Municipio San Francisco Del Estado Zulia, tal como se evidencia del acta de matrimonio signada con el Nº 47 acompañada a los autos en copia certificada.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Déjese copia certificada por secretaría de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y a los fines de los ordinales 3º y 9º del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despac.....