"PRIMERO: CON LUGAR la medida de protección de COLOCACIÓN FAMILIAR, incoada por la Defensa Publica Segunda de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, por requerimiento de los ciudadanos MOICLAR AROCHA LEÓN y CARLOS ALBERTO LEON RAUSSEO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nºs V-10.202.880 y V-9.301.574, en consecuencia se le otorga a los referidos ciudadanos LA COLOCACIÓN FAMILIAR de las niñas "cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente"