En este estado el tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente embargado preventivamente los siguientes conceptos: PRIMERO: UN VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del Sueldo o Salario que devenga el demandado en la empresa POLINTER. SEGUNDO: UN VEINTICINCO POR CIENTO (25%) sobre las PRESTACIONES que le corresponde al demandado por sus servicios prestados en la referida empresa. TERCERO: UN VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de la cantidad que posea el demandado en la CAJA DE AHORRO que pudiera existir para los empleados de dicha empresa. CUARTO: UN VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de la cantidad o de las cantidades que tenga constituido en FIDEICOMISO E INTERESES DE FIDEICOMISO con la referida empresa o dentro de la misma. QUINTO: UN VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de las VACACIONES, BONO VACACIONAL, COMISIONES, BONO DE TRANSFERENCIA UTILIDADES O AGUINALDOS, LAUDO ARBITRAL. SEXTA: E.....