Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO interpuesto por los ciudadanos  FLORENCIO ARIAS, GUSTAVO ABREU y ULISES GONZÁLEZ, Venezolanos, Titular de la cedula de Identidad N° V- 2.568.236 , 10.209.815 y 11722.131 respectivamente,, contra la  ALCALDIA DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DEL ESTADO ZULIA, por motivo de prestaciones sociales.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
TERCERO:   Se ordena notificar de la presente decisión al ciudadano   Sindico Procurador General de la  ALCALDIA DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DEL ESTADO ZULIA la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 155  de la Ley Orgánica de.....