PRIMERO: Se Agota la Cognición de la presente causa por éste Tribunal, a través de la cual en fecha 22 de abril de 2010, el abogado Ney German Molero Martinez, actuando como apoderado judicial del ciudadano Euclides Arsenio Vincero Orozco, apeló contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 07 de abril de 2010, en el juicio que por Desalojo sigue la Asociación Civil sin fines de lucro Colegio de Médicos del Estado Zulia, en contra del ciudadano Euclides Arsenio Vincero Orozco, todos plenamente identificados.
SEGUNDO: Se ordena remitir el presente expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial Del Estado Zulia.
TERCERO: Respecto a las costas, las mismas serán satisfechas de acuerdo a lo pactado por ambas partes en el acuerdo transaccional, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.....