Este JUZGADO CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano REINALDO JACKSON PELEY LARA, Venezolano, Natural de Maracaibo, fecha de nacimiento: 29-06-1984, de 24 años, Titular de la Cédula de Identidad No, 17.684.974, hijo de CLARA LARA DE PELEY y REINALDO DE JESÚS PELEY FUENMAYOR, de profesión u oficio: Comerciante, Concubino, Residenciado Barrio Villa Altamira, Calle No. 106ª-2, Casa No. 28-14, del Municipio Maracaibo ¿ Estado Zulia, Teléfono: 0261-756-32-80 y 0414-646-32-96; de conformidad con el articulo 256 Ordinal 3º y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, atinentes a la obligación de presentarse por ante este Juzgado de Control cada QUINCE (15) DÍAS, y la prohibición de la salida del País, sin previa Autorización de este Juzgado, por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE.....