Declara la procedencia de la Admisión de los Hechos expuesta por el acusado Adolescente: (NOMBRE OMITIDO. ART. 545 LOPNNA), los cuales han sido expresados libre de coacciones y apremios, con la asistencia de sus Defensas de confianza y guardando las Garantías Legales y Constitucionales del Debido Proceso. DECRETAR LA CULPABILIDAD Y RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE: (NOMBRE OMITIDO. ART. 545 LOPNNA), Venezolano, natural de Carrasqueño Estado Zulia, de 17 años de edad, No porta Cedula de identidad, fecha de nacimiento 08/12/1991, ayudante de gandolero, hijo de Ana Isabel Fernández y de Calos Arturo Herrera, residenciado en la Invasión Santa Fe dos, calle 15, casa No. 826, cerca de la Ferretería Antonio, Parroquia Los Cortijos del Municipio San Francisco del Estado Zulia. En consecuencia, se procede a DICTAR SENTENCIA CONDENATORIA por estar comprobada la culpabilidad y responsabilidad penal de los Adolescentes arriba identificados, en la comisión del delito ROBO AGRAVADO DE VEH.....