PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de autos interpuesto por la profesional del derecho LICET REYES BARRANCO, Defensora Pública Vigésima Quinta Penal Ordinario, adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Zulia, en su carácter de defensora del ciudadano JOANDRY ANTONIO PALMAR PALMAR, Titular de la cédula de identidad N° V-26.375.618, contra la decisión Nº 322-22, dictada en fecha 28 de Marzo de 2022, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: A partir del día hábil siguiente a la presente fecha comienza a transcurrir el lapso de cinco (05) días hábiles para dictar la decisión correspondiente, conforme lo prevé el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.