DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO por mutuo consentimiento y en consecuencia:
• QUEDA DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos: LUIS ENRIQUE QUIVA OLIVARES y LILIAN CAROI DIAZ GARCIA, titulares de las cedulas de identidad N° V-15.442.532, y v-16.633.472, respectivamente, domiciliados en la ciudad y Municipio Santa Rita del Estado Zulia, quienes contrajeron matrimonio civil el veintinueve (29) de enero de dos mil dieciséis (2016), por ante el Registrador Civil de la Parroquia Santa Rita del Municipio Santa Rita del Estado Zulia, según se evidencia en acta de matrimonio N°17.
No se hace especial pronunciamiento sobre las costas proc.....