... este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO VERBAL, incoara la sociedad mercantil COOPERATIVA MULTIVIAJES BUENAÑO R.L., contra la compañía MUNDO TURISMO PORLAMAR, C.A., por ser contraria a una disposición expresa de la Ley. SEGUNDO: Se declara la NULIDAD del auto de admisión de la demanda de fecha 27-6-2017, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, así como todas las actuaciones subsiguientes a la mencionada fecha. TERCERO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.-