En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Oposición formulada, por el ciudadano EDUARDO LEMOINE MARTINEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.714.495, contra la medida de secuestro decretada en fecha 29-03-2017 y ejecutada en fecha 30-03-2017, sobre el local identificado en autos.
SEGUNDO: Se ratifica la medida de secuestro decretada en fecha 29-03-2017 y ejecutada en fecha 30-03-2017, sobre el local identificado en autos.
TERCERO: Se condena en costas al ciudadano EDUARDO LEMOINE MARTINEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.714.495.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villa.....