Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: NIEGA LA SOLICITUD DE REPOSICIÓN DE LA CAUSA, formulada por la parte demandada ciudadano GIOVANNY ENRIQUE ZABALETA BRICEÑO; SEGUNDO: SIN LUGAR, la cuestión previa opuesta por la parte demandada antes citada, establecida en el ordinal 8º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, ambos alegatos opuestos en el Juicio de Partición incoado por los ciudadanos ALBA DEL CARMEN ZABALETA BRICEÑO, MANUEL FELIPE ZABALETA BRICEÑO, SAUL DE JESUS ZABALETA BRICEÑO y ELIO ANTONIO ZABALETA BRICEÑO, contra el ciudadano GIOVANNY ENRIQUE ZABALETA BRICEÑO, plenamente identificados en autos. En consecuencia una vez quede firme la presente decisión se procederá a fijar por auto separado la oportunidad para la designación del partidor de conformidad con los artículos 778 y siguientes del .....