El tribunal le imparte la aprobación a la transacción celebrada en fecha 28 de febrero de 2007 pasándolo en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia: se ordena la suspensión de la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este juzgado en fecha 03 de diciembre de 2004, la devolución del documento original de préstamo previa certificación en actas y el archivo del expediente.
La Juez,
Abog. María del Pilar Faría Romero.
La Secretaria,
Abog. Gabriela Bracho.
Expediente: 1.246-04.