administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA las anteriores actuaciones Título Suficiente para asegurar su condición como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JUAN DE DIOS GOLINDANO DUERTO a los ciudadanos, ALEJANDRINA FRANCISCA RIVERA DE GOLINDANO, EDDISON RAMON GOLINDANO RIVERA, JUANA EVANGELISTA GOLINDANO DE ALVAREZ y ALEXANDER JOSE GOLINDANO RIVERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 8.383.352, 12.505.697, V- 12.675.318 y V- 14.841.444 respectivamente, en sus condición de cónyuge e hijos, de este domicilio del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.-