/declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos Alcides José González Núñez y Shethzory Leandry Alfonso Alfonzo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad N° V-17.11.557 y V-19.435.115 respectivamente, asistidos por los abogados en ejercicio José Villegas y Héctor Narváez, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 37.248 y 121.444 respectivamente, con fundamento en la Sentencia vinculante de fecha 02.06.2015 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, es decir por MUTUO CONSENTIMIENTO, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído el día 01.03.2010 ante el Registro Civil del Municipio Gómez de este estado. ASÍ SE DECIDE.-