"En base a tales consideraciones; este Juzgado Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y con fundamento en la norma invocada, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por la Fiscal VI del Ministerio Público, Doctora Dalia Carrillo Prato, a requerimiento de la ciudadana a requerimiento de la ciudadana MERCEDES MARIA RIOS, titular de la cédula de identidad número 16.035.580 contra el ciudadano HECTOR LUIS ZABALA NARVAEZ, titular de la cédula de identidad número 16.337.783, dada su no comparecencia a la audiencia, y TERMINADO éste mediante Sentencia Oral proferida y publicada en esta misma fecha.
SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la citada norma, haciéndosele saber a la parte que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud.
TERCERO: CIERRE y ARCHIVO DEFINITIVO, y su REMISIÓN al ARCHIVO REGIONAL .....