Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos AURORA ROSA HERNÁNDEZ MOSQUERA y WILLIAM ANTONIO RODRIGUEZ PALENCIA en fecha en fecha veinticinco (25) de marzo de mil novecientos noventa y dos (1992) por ante el Registro Civil de la Parroquia Pedro Lucas Urribarrí, Municipio Santa Rita del Estado Zulia, tal y como se evidencia de acta de matrimonio No. 02 acompañada a los autos en copia certificada. ASÍ SE DECLARA.-