PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por otros conceptos de beneficios sociales sigue la ciudadana AIMA ANTONIA MORILLO FLORES en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales.-
SEGUNDO: Se condena a la demandada ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, a pagarle la ciudadana AIMA ANTONIA MORILLO FLORES, la cantidad total de CIENTO TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS BOLÍVARES CON QUINCE CÉNTIMOS (Bs.135.442,15) por los conceptos señalados en la parte motiva de la presente decisión, más lo que se determine por intereses moratorios.-
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS en virtud del carácter parcial de la condena.-
CUARTO: Se ordena la notificación del Sindico Procurador del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 153 de la Ley del Poder Público Municipal.-
Publíquese, Regístrese y Notifíquese.-