Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SEGURO propusiere LUÍS MARIO DALIA MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con cédula personal No. 4.996.740 y domiciliado en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia en contra de la sociedad mercantil MULTINACIONAL DE SEGUROS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, el día 22 de marzo de 1983, bajo el N° 41, Tomo 1-A, modificado su documento constitutivo en diversas oportunidades, siendo la última de ellas protocolizada ante el Registro Mercantil Primero de esta misma Circunscripción Judicial en fecha 13 de julio de 1999, quedando anotado bajo el N° 55, Tomo 14-A. En consecuencia, se ord.....