Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 267 en su ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR EL PROCEDIMIENTO INTIMATORIO sigue el ciudadano ALEX FARIA NAVA, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-12.180.281 y domiciliado en la Urbanización “BRISAS DEL LAGO”, Calle 5, N° 21, Sector Punta Gorda de esta Ciudad y Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia, en contra de FRANCISCO JIMÉNEZ, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, Obrero, titular de la cédula de identidad N° V-10.082.722 y de igual domicilio.
No hay condenatoria en costas en razón de la decisión.