DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la presente demanda intentada por los abogados en ejercicio ALICIA GUILARTE ROSAS y DANIEL DOTI ORLANDO, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos JESÚS DANIEL ROJAS CASTAÑEDA, AMAYA DEL VALLE ROJAS CASTAÑEDA y GUSTAVO JOSÉ ROJAS CASTAÑEDA, contra la ciudadana ROSA ELENA LAZCANI ORTEGA, supra identificados, por resolución del contrato de arrendamiento privado que vincula a las partes, firmado en fecha 01 de marzo de 1999, sobre un local comercial que forma parte de un inmueble de mayor extensión, constituido por una casa (edificio) ubicado en la Calle Zamora, cruce con Calle Arismendi, sector central, de esta ciudad.....