Vista y revisada como ha sido la transacción presentada en fecha nueve (9) de Febrero de 2015 por el abogado en ejercicio José Alburgues, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 42.940, en su carácter de abogado asistente del ciudadano Eudo Omar Zambrano Rubio en su carácter de Presidente de la parte demandada sociedad mercantil CENTRO MEDICO DEL PIE, C.A, y la abogada Karina Paz Silva, inpreabogado N° 145.650 asistiendo al ciudadano YAMILXON SEGUNDO SANCHEZ MEJIAS en su condición de parte actora, plenamente identificado en actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción en la cual la parte demandada paga al demandante la cantidad de veinticuatro mil bolívares (Bs. 24.000,00). Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLO.....