declarar Sin Lugar, el recurso de apelación de autos, interpuesto por el ciudadano Abogado SIMON JOSE ARRIETA QUINTERO, actuando en su carácter de defensor del ciudadano ENYELBERT EDUARDO TORRES, y por vía de consecuencia Confirma la Decisión Nº 3C-0220-11, dictada en fecha 05 de febrero de 2011, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas. ASÍ SE DECIDE.
DECISION
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por el ciudadano Abogado SIMON JOSE ARRIETA QUINTERO, actuando en su carácter de defensor del ciudadano ENYELBERT EDUARDO TORRES. SEGUNDO: CONFIRMA la Decisión N° 3C-0220-11, dictada en fecha 05 de febrero de 2011, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funcio.....